En cumplimiento de lo ordenado en Auto Admisorio de la misma en su numeral cuarto se dispone:
“a.- OFICIAR a la Entidad Accionada, REQUIRIENDOLE, notifique por medio de la página web institucional dispuesta y/o por el medio más expedito a los demás aspirantes vinculados, el contenido del presente auto, Brindándosele a las partes el término perentorio de dos (2) días, a fin de que ejerciten su derecho de Defensa, rindan sus descargos, presenten las pruebas que estimen pertinentes, conforme a los hechos manifestados por el accionante en la solicitud de tutela, para tal efecto se hará entrega de una copia digital del escrito de Tutela y sus anexos..”
Se pone en conocimiento la misma, para que puedan hacer parte de dicha acción constitucional si así lo desean.