Reciban un cordial saludo de parte del equipo de trabajo de la Secretaría de Educación Municipal de Pasto, se expresa reconocimiento especial a los establecimientos educativos por la dinamización de las experiencias educativas de gran incidencia en el proceso de desarrollo, de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, más aún en tiempos de pandemia que requieren esfuerzos especiales encaminados a favorecer el cuidado de la salud, la prevención de violencias,  prevención de alteraciones y trastornos de salud física y mental, y las continuidad de los procesos académicos y convivenciales como misión de la educación.

Como es de conocimiento general el Ministerio de Salud y protección social, emanó la resolución 777 del 2 de junio del 2021, en la cual define los criterios y condiciones para el desarrollo de las actividades económicas, sociales y del Estado y se adopta el protocolo de bioseguridad para la ejecución de estas actividades.

Por medio de la presente circular se socializa la Resolución No. 777 del 2 de Junio del 2021, con su respectivo anexo técnico, para su revisión y aplicación; en este marco la Secretaría de Eduación Municipal realiza las siguientes consideraciones.

  1. Para el alistamiento de los Establecimientos de preescolar, básica y media del sector oficial se realizó el giro de  recursos del Fondo para la mitigación a la emergencia (FOME), transferencia de gratuidad y alivio educativo y recursos de balance que no estén sujetos a destinación específica, deben destinarse a la implementación de protocolos de bioseguridad y adecuaciones de infraestructura prioritarias para el regreso a la presencialidad.
  1. La Resolución 777 del 2 de junio del año 2021 dispone que los establecimientos educativos adopten el protocolo de bioseguridad anexo a esta,  sin que sea necesaria su aprobación por parte de la Secretaría de Educación u otra dependencia de la Alcaldía Municipal de Pasto; sin embargo, si lo requieren pueden contar con la asesoría del equipo de apoyo de la secretaría de educación Municipal de Pasto y de la Secretaría de Salud, previa solicitud por parte del establecimiento educativo.
  1. Desde la oficina de Inspección y vigilancia de la Secretaría de Educación, y la Secretaría de salud, se realizará el seguimiento al cumplimiento de los protocolos de Bioseguridad adoptados por los Establecimientos Educativos.
  1. Se debe tener en cuenta las siguientes medidas de bioseguridad como puntos esenciales de la resolución 777: medidas de autocuidado, cuidado de la salud mental, lavado e higiene de manos, distanciamiento físico, uso adecuado del tapabocas, ventilación adecuada, limpieza y desinfección, y manejo de residuos.
  1. Se debe contar con los dos esquemas de vacunación para el regreso a la presencialidad; teniendo en cuenta que de acuerdo al plan de vacunación Nacional,  la etapa 3 se inició el día 5 de junio del año 2021,  se cuenta con la disposición de vacunas y la logística necesaria para lograr la atención de todos los directivos docentes, docentes, personal administrativo y personal de apoyo de los Establecimientos Educativos; la decisión de no vacunarse por voluntad propia, no exime del regreso al trabajo presencial, y para aquellos que por alguna circunstancia no se encuentra registrado para la vacuna, el Ministerio de Educación,  dispone del formulario de actualización de información, el que se puede encontrar en la pagina: https://www.mineducacion.gov.co/portal/micrositios-institucionales/Plan-de-Vacunacion-Contra-el-COVID-19/
  1. Si terminada la etapa 3 no  asistió al proceso de inmunización se asume que el servidor publico y contratista está dispuesto a volver a su entro de trabajo en el tiempo previsto aun sin contar con sus ciclo de vacunación, por tal razón, se reitera la pronta asistencia para evitar retornar a la presencialidad con riesgo de complicaciones en la salud por contagio de coronavirus.
  1. El trabajo presencial se organizará con los estudiantes quienes sus padres de familia o cuidadores hayan autorizado el consentimiento informado de retorno a la presencialidad; para aquellos estudiantes que no cuentan con dicha autorización se continuará con el trabajo en casa.
  1. Respecto al Programa de Alimentación Escolar (PAE), se brindará la atención de los estudiantes en el restaurante escolar con el debido protocolo de bioseguridad, y  con aquellos que continúan con trabajo en casa se sigue con el paquete alimentario, previo informe a la subsecretaría de cobertura, de los estudiantes que asistirán a las aulas y de los estudiantes con atención en casa, según la voluntad de padres de familia o cuidadores. Se solicita remitir a mas tardar el 30 de Junio el reporte de estudiantes que van asistir a clases presenciales y quienes no, teniendo como bases el ANEXO 6 A, para iniciar la organización de la logística para la entrega.
  1. En transporte escolar para los estudiantes priorizados del sector rural, se debe brindar con los recursos que se encuentran transferidos a los fondos de servicios educativos con el debido protocolo de bioseguridad,  en coordinación con la subsecretaria de cobertura.
  1. Se recomienda diseñar planes estratégicos que favorezcan los procesos pedagógicos y convivenciales, en aras a restablecer acciones rezagadas que se dieron por la atención remota, y que requieren ser fortalecidas para avanzar hacia el mejoramiento de la calidad educativa.
  1. Se solicita reportar al correo alternancia21@gmal.com semanalmente el número de docentes y estudiantes por grado que regresan al Establecimiento Educativo, en la siguiente matriz.

ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO: Registrar Nombre.

   

NUMERO DE ESTUDIANTES EN PRESENCIALIDAD

   
   

PRE JARDIN

JARDIN

PREESC.

BASICA PRIMARIA

BASICA SECUNDARIA

MEDIA

   
               
  1. Se reitera a ustedes total disposición de apoyo, asesoría, capacitación y acompañamiento permanente para el cumplimiento de la finalidad expuesta en la resolución 777 del 2 de junio de 2021.

GLORIA JURADO ERAZO
Secretaria de Educación Municipal

  

Reviso: DELLY JENNYTH  DELGADO VELASCO

Subsecretaria de calidad Educativa.

 

Proyecto: Prof. Apoyo SANDRA RAMOS

Subsecretaría de calidad Educativa